COBERTURA SATELITAL

Amazonas-3: El satélite del operador español, que opera en las bandas de frecuencia Ku, Ka y C, fue autorizado a brindar servicios mediante resolución del Ministerio de Comunicaciones. Cuestionamientos a la reciprocidad real con Brasil y a los términos del régimen de exclusividad y competencia vigente.

Mediante la resolución 1409-E/2017 del Ministerio de Comunicaciones de la Nación se autorizó al satélite Amazonas-3, del operador satelital español Hispasat, a ofrecer servicios en el territorio argentino.

La autorización del Amazonas-3 se enmarca en el Acuerdo de Reciprocidad entre Argentina y Brasil ya que el satélite está registrado en la subsidiaria de Hispasat en Brasil, Hispamar.

Amazonas-3 fue lanzado en el año 2013 por Arianespace como remplazo del Amazonas-1 (actualmente llamado Hispasat-55W-1) y se ubica en la Posición Orbital Geoestacionaria de 61º Oeste desde donde brinda servicios sobre América y Europa en las bandas de frecuencia Ku, Ka y C mediante 63 transpondedores. El satélite, de 6.200 kilogramos, 14 Kw de potencia (11,2 Kw en la carga útil) y 15 años de vida útil, fue fabricado por Space System Loral (SSL) con fuerte participación de la industria espacial española.

Hispasat en Argentina

El operador español disponía hasta 2016 de dos satélites autorizados a brindar servicios en Argentina. Hispasat-1C fue autorizado en el año 2001 en la posición de 30º Oeste y Amazonas-1 (registrado por Hispamar de Brasil) en 2006 en la posición de 61º Oeste. Ambos satélites cambiaron hace varios años de posición. Hispasat-84W (nombre actual de Hispsat-1C fue llevado a la posición de 84º Oeste y Amazonas-1 a la posición de 55,5º Oeste.

Hispasat colocó en la posición de 30º Oeste los satélites Hispasat-30W-4 (ex Hispasat-1D), lanzado en el año 2002, Hispasat-30W-5 (ex Hispasat-1E), lanzado en 2010, y Spainsat, lanzado en 2006, este último de la controlada Hisdesat. En la posición de 61º Oeste el operador español colocó los satélite Amazonas-2 (2009), Amazonas-3 (2013) y Amazonas-4 (2014). Los seis satélites mencionados tienen cobertura sobre Argentina y dos de ellos (Amazonas-3 y Spainsat) en Banda Ka.

En 2017 fueron autorizados en Argentina los satélites Hispsat-34W-4 e Hispasat-34W-5, agregando una importante cantidad de capacidad en el mercado. Por otro lado, luego de la aprobación de ambos satélites, el operador fue duramente sancionado (en los términos, no en lo económico o jurídico) por haber estado operando servicios de forma ilegal sobre estas mismas plataformas.

Reciprocidad y Exclusividad

Actualmente en Argentina rige, como normativa para la autorización de satélites de bandera extranjera a brindar servicios de comunicaciones, el Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales aprobado por la Resolución 3609/1999 de la Ex Secretaría de Comunicaciones. En este marco se establece en el artículo 24:

El Acuerdo de Reciprocidad (…) deberá garantizar que las condiciones para la provisión de servicios y facilidades satelitales sean idénticas para los operadores y prestadores de ambos países, de manera tal de garantizar que exista reciprocidad de tratamiento para con los operadores de los Satélites notificados por la Administración Argentina en el territorio de la administración notificante de satélites no argentinos en condiciones de ofrecer facilidades en el territorio nacional por imperio tales acuerdos.

Esta situación claramente no se cumple entre Argentina y Brasil. El operador nacional ARSAT no dispone de las mismas condiciones para brindar servicios en Brasil (y menos en España), no hay satélites ni capacidad satelital del operador argentino autorizada en Brasil y este tampoco tiene forma alguna de ofrecer servicios en las Bandas de frecuencia Ku y Ka, aunque si podría hacerlo en Banda C con ARSAT-2.

Por otro lado, en lo que se denomina régimen de Exclusividad y Competencia, la autorización de satélites en el territorio argentino esta supeditada, según el artículo 22 de la Resolución 3609/1999, según los siguientes criterios.

El régimen de competencia tiene por objeto otorgar autorizaciones a sistemas satelitales constituidos por satélites no argentinos destinados a la provisión de facilidades satelitales dentro del territorio nacional, conforme se verifiquen las siguientes condiciones:

i)Para Banda Ku:

  1. Cuando se encontrase agotada la disponibilidad de facilidades satelitales en los satélites argentinos, o;
  2. Cuando las facilidades de los sistemas satelitales argentinos se ofrezcan a precios abusivos con respecto a los aplicados en mercados domésticos de similares características para prestaciones análogas, o;
  3. Cuando existan limitaciones técnicas que impidan satisfacer la demanda de los usuarios mediante satélites argentinos.

ii) Para Banda C, cuando la provisión de facilidades satelitales ofrecida por sistemas satelitales no argentinos sean exclusivamente en dicha Banda.

iii) Para otras bandas:

  1. Para el caso en que los avances tecnológicos posibiliten la utilización de satélites que operen en Banda Ka u otras bandas de frecuencias no previstas para los Servicios Fijo por Satélite y de Radiodifusión por Satélite, la autoridad de aplicación autorizará en forma precaria la provisión de facilidades satelitales mediante satélites no argentinos, en el caso que dichas facilidades no puedan proveerse mediante un sistema satelital argentino.

Estas condiciones tampoco se etarían cumpliendo para la autorización del satélite del operador Hispamar/Hispasat, sobre todo si se tiene en cuenta que, como menciona una nota del diario Página12 del 26 de junio, queda aún capacidad disponible en los dos satélites de la flota de ARSAT, tanto en Banda Ku como C. Para el caso de los servicios en Banda Ka, si bien la flota actual de ARSAT no los provee, están previstos en el satélite ARSAT-3, actualmente suspendido. El tercer satélite de la flota de ARSAT es el primer hito de la Ley 27.208 de Desarrollo de la Industria Satelital que tuviera fecha planificada de lanzamiento para 2019 y ahora se encuentra indeterminada.

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